SERVICIOS

SERVICIOS AL PROPIETARIO

  • La tesis del Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Las Palmas es que los honorarios profesionales de sus colegiados no deben gravar los presupuestos de las comunidades o alquileres, ya que por su gestión la rebaja económica será considerable en la relación entre la propiedad y terceros. Estas gestiones se dividen en dos grandes grupos, ” Gestión de Información y Asesoramiento” y “Gestión Económica”.
  • Gestión de Información y Asesoramiento: El Colegio Oficial de Administradores de Fincas pone a disposición de sus colegiados y de forma gratuita toda la información necesaria y actualizada sobre todos aquellos temas que afectan a su gestión. Las fuentes fundamentales son: Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Comunidad de Canarias Boletín del Congreso de los Diputados, Sentencias Judiciales, precios del mercado inmobiliario, Índices de Precios al Consumo, Proyectos y Anteproyectos Legislativos, Normativa Laboral, etc. Todo este cúmulo de información sirve de forma fundamental para asesorar no sólo a la comunidad en general si no al propietario de forma individual; arrendamiento de local o vivienda, traspasos, valoraciones inmobiliarias, actualizaciones de renta, venta de cualquier bien inmueble, etc. Así mismo, el Administrador de Fincas colegiado tiene a su disposición una serie de asesorías, que de forma gratuita recibe del Colegio y que se beneficia la comunidad y el propietario de forma directa a través del profesional contratado: Asesoría Jurídica, Fiscal, Laboral, Técnica de Arquitectura, Técnica Industrial, Profesional, Contable e informática.
  • Gestión Económica: El Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Las Palmas tiene suscritos convenios de colaboración con distintas entidades públicas y privadas, todas ellas encaminadas de forma directa a beneficiar a las comunidades y propietarios que tienen contratado los servicios de un Administrador colegiado.
  • Iniciativa Legislativa Popular: Por iniciativa del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas y con la colaboración de los colegios territoriales, los Administradores de Fincas han conseguido que se tramite en el Congreso de los Diputados y Senado, la primera Iniciativa Legislativa Popular que ha posibilitado con la fuerza de 830.000 firmas la modificación de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, consiguiendo, entre muchas cosas, un tratamiento nuevo sobre la morosidad en las comunidades de propietarios que agiliza los tramites de reclamación y, por lo tanto, una mayor justicia para los propietarios que son responsables al afrontar los gastos comunitarios. La Ley 8/1999 de 6 de abril es la prueba de la voluntad de servicio público que tiene los Administradores de Fincas Colegiados, sensibles a un problema soportado por las comunidades y que toca el bolsillo de los buenos propietarios.
  • Convenios de colaboración con Cajas de Ahorro y Bancos: Consiguiendo rebajas considerables en las comisiones bancarias, gastos por domiciliación de recibos, compensación de talones, gastos por recibos devueltos, créditos con interés preferente para las comunidades, etc.
  • Convenios de colaboración con compañías de seguros: Consiguiendo coberturas más amplias y a medida de las necesidades de las comunidades y propietarios en particular.
  • Convenios de colaboración para implantar las nuevas tecnologías de comunicación: con diversas empresas privadas y estatales que bien utilizando los satélites o fibra óptica, posibilitara a los propietarios de las comunidades acceder no sólo a la televisión digital sino a telefonía e Internet. El Administrador de Fincas tiene una gran importancia socio-económica, no sólo contribuye con sus conocimientos, especialización y asesoramiento a una convivencia entre los vecinos de comunidad e inquilinos más racional y acordes a los tiempos actuales, sino a una economía saneada y que se nota de forma directa en el bolsillo del ciudadano.
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