Solicitud de Colegiación

Ventajas de pertenecer al Colegio

La profesión de Administrador de Fincas es compleja y requiere conocimientos jurídicos, laborales, fiscales, contables, técnicos, de ITE y protección de datos.

El Colegio de Administradores de Fincas de Las Palmas ofrece a sus colegiados:

  • Asesoría jurídica, laboral, fiscal y técnica para consultas profesionales.
  • Formación continua mediante cursos y jornadas, incluido un curso práctico para iniciar la profesión.
  • Seguro de responsabilidad civil ante reclamaciones por negligencia profesional.
  • Control deontológico y régimen disciplinario ante quejas de clientes.
  • Servicio de Inspecciones Técnicas de Edificios con informe preITE gratuito.
  • Condiciones preferentes en convenios con entidades bancarias.
  • Convenios con proveedores y aseguradoras con ventajas para sus clientes.
  • Mediación del Colegio para resolver conflictos o acudir a arbitraje.

Normativa sobre acceso a la profesión

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Se establecen dos vías de acceso:

Vía 1. Titulación universitaria habilitante

 

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Ventajas de pertenecer al Colegio

La profesión de Administrador de Fincas es compleja y requiere conocimientos jurídicos, laborales, fiscales, contables, técnicos, de ITE y protección de datos.

El Colegio de Administradores de Fincas de Las Palmas ofrece a sus colegiados:

  • Asesoría jurídica, laboral, fiscal y técnica para consultas profesionales.
  • Formación continua mediante cursos y jornadas, incluido un curso práctico para iniciar la profesión.
  • Seguro de responsabilidad civil ante reclamaciones por negligencia profesional.
  • Control deontológico y régimen disciplinario ante quejas de clientes.
  • Servicio de Inspecciones Técnicas de Edificios con informe preITE gratuito.
  • Condiciones preferentes en convenios con entidades bancarias.
  • Convenios con proveedores y aseguradoras con ventajas para sus clientes.
  • Mediación del Colegio para resolver conflictos o acudir a arbitraje.
Conozca todos los beneficios de la colegiación aquí

Normativa sobre acceso a la profesión

El acceso a la profesión de Administrador de Fincas se regula por medio del Decreto 693/68 publicado en el B.O.E nº 86, de 9 de abril de 1968, y en los Estatutos de la Corporación en los que se establecen los siguientes procedimientos de ingresos mediante la aportación de la titulación exigida:

  • Directamente sin otro requisito, previa el alta colegial, que estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Lcdo, en Derecho, en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales, en Ciencias Empresariales, en Administración y Dirección de Empresas, en Arquitectura, en Ciencias Químicas, Diplomados en Ciencias Empresariales, Procurador de los Tribunales de Justicia, Ingenieros Agrónomos, ingenieros de Montes, Veterinarios, Ingenieros Técnicos Agrícolas, Ayudantes de Montes, Ingenieros Técnicos Forestales, Arquitectos Técnicos, Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales, Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Ingenieros Industriales, Ingenieros de Minas y Licenciados en Geografía e Historia
  • A través de los títulos de Experto Inmobiliario, Curso Superior de Estudios Inmobiliarios, Grado en Administración de Fincas, de las Universidades de Alcalá, Burgos y aquellas que tengan firmado convenio con el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España
Vía 1. Titulación universitaria habilitante
  • Licenciados en Derecho
  • Licenciados en Ciencias Políticas
  • Licenciados en Ciencias Económicas y Comerciales
  • Licenciados en Ciencias Empresariales
  • Licenciados en Administración y Dirección de Empresas
  • Licenciados en Arquitectura
  • Licenciados en Ciencias Químicas
  • Diplomados en Ciencias Empresariales
  • Profesores Mercantiles
  • Procuradores de los Tribunales de Justicia
  • Ingenieros Agrónomos
  • Ingenieros de Montes
  • Veterinarios
  • Ingenieros Técnicos Agrícolas
  • Ayudantes de Montes
  • Ingenieros Técnicos Forestales
  • Arquitectos Técnicos
  • Graduados Sociales
  • Diplomados en Relaciones Laborales
  • Ingenieros Técnicos de Obras Públicas
  • Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos
  • Ingenieros Industriales
  • Ingenieros Técnicos Industriales
  • Ingenieros de Minas
  • Licenciados en Geografía e Historia
  • Licenciados en Ciencias Físicas
  • Graduados en Finanzas y Contabilidad
  • Ingenieros Técnicos en Topografía
  • Ingenieros en Informática
  • Ingenieros Técnicos de Telecomunicación
  • Licenciados en Psicología
  • Ingenieros Técnicos Navales
  • Licenciados en Filosofía y Ciencias de la Educación
  • Diplomados en Gestión Comercial y Marketing
  • Ingenieros Técnicos en Explotación de Minas
  • Licenciados en Matemáticas
  • Diplomados en Matemáticas
  • Ingenieros Técnicos en Informática de Gestión
  • Diplomados en Gestión y Administración Pública
  • Licenciados en Investigación y Técnicas de Mercado
  • Grado en Ingeniería de la Edificación
  • Grado en Dirección y Creación de Empresas
  • Grado en Economía y Gestión
  • Licenciados en Filosofía y Letras
  • Diplomados en Informática
  • Licenciados en Sociología
  • Ingenieros Químicos
  • Licenciados en Pedagogía
  • Licenciados en Ciencias Ambientales
  • Licenciados en Psicopedagogía
  • Diplomados en Empresas y Actividades Turísticas
  • Diplomados en Magisterio
  • Licenciados en Ciencias Biológicas
  • Licenciados en Filología
Vía 2. Formación específica:
  • Experto Inmobiliario.
  • Curso Superior de Estudios Inmobiliarios.
  • Grado en Administración de Fincas (universidades con convenio con el Consejo General).

INFORMACIÓN ECONÓMICA

Para formalizar la colegiación será necesario abonar las siguientes cantidades:

  • Cuota de inscripción o tramitación: 700,00 €.
  • Cuota mensual: 42,00 €.

El ingreso deberá realizarse en la siguiente cuenta bancaria:

IBAN: ES94 0081 7721 27 0001306635

En el concepto del ingreso deberá indicarse el nombre y apellidos de la persona solicitante.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

Junto con la solicitud de colegiación, deberá aportarse la siguiente documentación:

  • Solicitud por duplicado del Modelo Oficial.
    Una de las solicitudes será remitida al Consejo General.
  • Fotocopia compulsada del título por el Colegio donde se presenta la instancia o, en su defecto, certificación académica y justificante de haber abonado las tasas para la expedición del título.
  • Cuatro fotografías.
    Dos de ellas serán remitidas al Consejo General.
  • Fotocopia del DNI.
  • Declaración de no estar incurso/a en causa de inhabilitación.
  • Diligencia del Colegio certificando el alta del nuevo colegiado/a.
  • Certificado de penales.
  • Justificante del ingreso de la cuota de inscripción.
  • Justificante del ingreso correspondiente a la primera cuota mensual.
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